¿Por qué la legislación relacionada con el arte es diferente en cada país? ¿Por qué las piezas que se pueden comprar en Inglaterra se pueden sacar con más facilidad que si se adquieren en España?
En el caso de estas leyes relacionadas con la exportación de obras de arte, guardan una relación con la historia de cada territorio. Por ejemplo, en el caso de países como Inglaterra, la extradición de obras es más sencilla que la que tenemos en nuestro país, ya que, a pesar de esta facilidad, los ingleses siempre han tenido un sentido más patriótico, es decir, no venden todas las obras de arte inglesas en su totalidad, sino que un porcentaje se lo reservan para ellos, ya que entienden, forma parte del patrimonio nacional.
En el caso de España, este sentimiento patriótico del que muchos países se enorgullecen, no está tan presente. También, en nuestro territorio nacional, el mercado del arte propiamente dicho surgió más tarde que en Francia, Inglaterra o Italia, entre otros. Aproximadamente, este mercado cultural surgió en 1804, a raíz de la ocupación francesa. La invasión de las tropas napoleónicas en el territorio español supuso una apertura cultural de España al resto del mundo, así como el surgimiento de un mercado del arte.
Hasta ese momento, la cultura española se consideraba algo exótico, por lo que este acontecimiento histórico, provocó que los coleccionistas se interesasen por nuestra cultura, ya que, lo que éstos buscaban eran objetos que no se hubiesen visto hasta enton ces, y nuestro arte encajaba perfectamente en ese perfil. Los objetos los facilitaban los militares, que comenzaron a “recolectar” las piezas para después llevar a cabo transacciones económicas con ellos.
A este factor, se le unió el interés por visitar el Museo Real de España, que gozaba de muy buena fama. Por lo que los viajes de extranjeros a España para visitar el museo y de paso adquirir piezas, cada vez se hicieron más frecuentes.
Es en este preciso momento cuando una gran cantidad de piezas españolas comenzaron a salir al extranjero. De hecho, por increíble que parezca, hasta se extrajeron las vigas de la Mezquita de Córdoba para poder llevar a cabo transacciones con ellas e incluso se vendieron en su totalidad monasterios españoles, que tras su compra se trasladaron al país del nuevo dueño. Por lo que no es extraño encontrarse este tipo de construcciones religiosas en Estados Unidos. Cabe mencionar, también, que en muchas ocasiones no fueron ventas legales, sino robos.
Para intentar controlar esta situación, el Gobierno de España en el año 1985, creó la Ley de Patrimonio Histórico Español (16/1985, de 25 de junio). Esta ley, controlaba la salida de las piezas de arte al extranjero, de esta manera, el Gobierno se aseguraba que el Estado Español no se quedara sin patrimonio, principalmente.
A través de esta legislación se intentaron recuperar diversos objetos españoles, bien porque fueron robados o vendidos de acuerdo a la legislación española de aquel momento.
Ejemplo de ello es el caso de la subasta en Londres en el año 2008 de las vigas de la Mezquita de Córdoba. El Gobierno español intentó recuperarlas por todos los medios, pero al haberse llevado a cabo la transacción económica antes de 1985, fue inútil aplicar la Ley de Patrimonio Histórico. Lo mismo sucedió con el cuadro de Murillo, titulado “Santa Ana” que se robó del Museo del Prado, y que al poco tiempo exhibía un mu seo francés. A pesar de los intentos del gobierno para que volviera al Museo del Prado, también resultó inútil, ya que el robo se llevó a cabo antes de la implantación de esta ley que regula las transacciones y salidas de obras de arte.
A menudo nos quejamos de este tipo de legislaciones, ya que nos dificultan las transacciones artísticas en el extranjero. Pero cierto es que, gracias a ella, a día de hoy podemos presumir de un patrimonio artístico nacional increíble, e inigualable, y del que cualquier otro país del mundo se sentiría orgulloso.
ANTIGÜEDAD DEL CASTILLO-OLIVARES, Mª Dolores y ALZAGA RUIZ, Amaya, Colecciones, expolio, museos y mercado artístico en España en los siglos XVIII y XIX. Editorial Universitaria Ramon Areces, D.L. 2011, pp. 13-41
MERINO, Isidoro, “¿Qué hace un claustro segoviano en Miami Beach?”, en: El País; 18 de octubre de 2016. [En línea] URL < https://elpais.com/elpais/2016/10/14/viajero_astuto/1476444002_536481.html > (Última revisión 11/6/2018)
EL PAÍS, “Subastadas en Londres cinco vigas de la Mezquita de Córdoba por 1,5 millones de euros”. [En línea] URL < https://cultura.elpais.com/cultura/2008/10/07/actualidad/1223330404_850215.html > (Última revisión 11/6/2018)